Permiso por Fallecimiento de un familiar.

Estatuto de los Trabajadores

Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días.

Convenio Colectivo

  • Por muerte del cónyuge, hijo, padre o madre de uno u otro cónyuge 4 días naturales
  • Por muerte de nietos, abuelos o hermanos de uno u otro cónyuge 3 días naturales

La licencia por fallecimiento se ampliará en 3 días mas por desplazamientos dentro de Cataluña y 4 días más por desplazamiento fuera de Cataluña.

Para mas información y la documentación a presentar, ponerse en contacto con su delegado Sindical.

Unión General de Trabajadores.